REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.

193º y 145º

Los Teques, 10 de marzo de 2004.
Recibida la anterior solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por los Ciudadanos HAIDEE J. BONILLA DE GALÁRRAGA, MIGUEL A. GALÁRRAGA BONILLA, JOHAN A. GALRRAGA BONILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos.V-4.338.017, v-15.912.651 y V-12.879.872 respectivamente, mediante el sistema de distribución de causas, correspondiéndole en conocimiento de la misma a este Tribunal; désele entrada en los libros respectivos, anótese bajo el Nº 1855, y por cuanto se evidencia que la misma no corresponde a esta circunscripción judicial, este Tribunal DECLINA la Competencia de la presente solicitud en razón del territorio al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con sede en la Ciudad de Caracas, en consecuencia se ordena la remisión del expediente a los fines legales consiguientes.-
EL JUEZ,
EL SECRETARIO
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
ABG. RICHARS MATA
------En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/Eliana
Solicitud Nº 1855


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, LOS TEQUES.-
Los Teques, 10 de marzo de 2004
193° y 145°
OFICIO No. 0855-427
CIUDADANO:
JUZGADO DISTRIBUIDOR DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle expediente original, signado con el Nº 1855, constante de trece (13) folios útiles, contentivo de la Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por los Ciudadanos HAIDEE J. BONILLA DE GALARRAGA, MIGUEL A. GALÁRRAGA B. Y JOHAN A. GALÁRRAGA B., en virtud de la declinatoria de la competencia por la Jurisdicción.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES



VJGJ/Eliana
Solictud Nº 1855