REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193° y 145°
Por cuanto me he reincorporado a mis labores, como Juez Titular de este Despacho me avoco al conocimiento de la presente causa, y consignadas como han sido las copias fotostáticas correspondientes, certifíquense las mismas tal y como fuera ordenado en el auto de fecha 23 de enero de 2004. Certifíquense las copias correspondientes y déjese constancia de lo actuado.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp.No. 12061
Quien suscribe, ABG. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original, que corren insertos en el Expediente signado con el No. 12061, contentivo del Juicio que por TRADICION LEGAL DE LA COSA VENDIDA es seguido por el ciudadano MILGUE JIMENEZ. contra los ciudadanos JESUS MARIA PEREZ MENDEZ y MILDRED MARINA ANTEQUERA ARTEAGA. Las cuales fueron autorizadas por la Juez de este Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, quince (15) de marzo de dos mil cuatro (2004).-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
RM/ag