REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de marzo del dos mil cuatro.
193° y 145°
Como complemento del auto anterior de fecha 04 de marzo de 2004, se ordena librar oficios a los organismos competentes, remitiéndole las copias certificadas de la aclaratoria de la sentencia dictada por este Tribunal, a los fines de que estampen la nota respectiva. Librense oficios.
EL JUEZ,
EL SECRETARIO,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
ABG. RICHARS MATA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/LISBETH
Exp Nº 13576



















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los, Teques, 15 de marzo del 2004
193º Y 145º
0855
CIUDADANO
REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.
Tengo a bien dirigirme a Ud., a fin de remitir anexo al presente oficio, copia certificada de la aclaratoria de la decisión dictada en éste Tribunal en fecha 06 de octubre de 2003, donde se ordena la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO correspondiente a la ciudadana JASMIN LOPEZ RAMOS, asentada bajo el Nº 26, folio 13, del año 1961, en los libros de Registro Civil de nacimiento, llevados por ante la Prefectura del Municipio Cecilio Acosta Distrito Guaicaipuro.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes y a objeto de que se sirvan dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 502 del Código Civil.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VJGJ/lisbeth
Exp Nº 13576









REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los, Teques, 15 de marzo del 2004
193º Y 145º
0855
CIUDADANO
PREFECTO DEL MUNICIPIO CECILIO ACOSTA DEL DISTRITO GUAICAIPUO DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.
Tengo a bien dirigirme a Ud., a fin de remitir anexo al presente oficio, copia certificada de la aclaratoria de la decisión dictada en éste Tribunal en fecha 06 de octubre de 2003, donde se ordena la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO correspondiente a la ciudadana JASMIN LOPEZ RAMOS, asentada bajo el Nº 26, folio 13, del año 1961, en los libros de Registro Civil de nacimiento, llevados por ante la Prefectura del Municipio Cecilio Acosta Distrito Guaicaipuro.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes y a objeto de que se sirvan dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 502 del Código Civil.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VJGJ/lisbeth
Exp Nº 13576







El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las anteriores fotostatos son traslados fiel y exacto de sus originales, los cuales corren insertos en el expediente Nº 13576, contentivo de la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO presentada por la ciudadana JASMIN LOPEZ. Los cuales fueron autorizados por el Juez de éste Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos.- Los Teques, quince (15) de marzo del año dos mil cuatro (2004).-

EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA