REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, quince (15) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193º y 145º
Vista la anterior diligencia estampada por la Abogada NANCY MEDINA, con el carácter de apoderada judicial de la parte actora en este juicio, y el pedimento en la misma contenido; el Tribunal por cuanto consta de autos que se encuentra vencido el lapso para el cumplimiento voluntario, sin que la parte demandada hubiere dado cumplimiento al convenimiento suscrito entre las partes y homologado por el Tribunal, se decreta la EJECUCION FORZOSA del mismo, y en consecuencia se acuerda la ENTREGA del inmueble objeto del presente juicio libre de bienes y personas, a la parte actora ciudadano ARCENIO ANTONIO DUQUE OCHOA; dicho inmueble está identificado de la siguiente manera: una parcela de terreno y la casa sobre ella construida, distinguida con el Nº 116, y con un área aproximada de (588,50 Mts.2), ubicada en la Calle Caroní de la primera etapa de la Urbanización Guaicaipuro del Estado Miranda, Los Teques, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORESTE: Calle Caroní; SURESTE: en (26,33 Mts.) parcela Nº 117; NOROESTE: en (26,49 Mts.), parcela Nº 115, y SUROESTE: en (22,61 Mts.) antigua zanja o sus vestigios. Dicho inmueble pertenece a la parte actora, conforme consta de documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 09 de diciembre de 2003, bajo el Nº 45, Tomo: 01, Protocolo 3. A los fines de la práctica de la medida decretada el Tribunal acuerda comisionar amplia y suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro, Carrizal y los Salias de la Circunscripción Judicial del estado Miranda. Líbrese Comisión y Oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
VJGJ/o
14.196
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
HACE SABER:
AL JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO, CARRIZAL Y LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
QUE:
En el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue por ante este Tribunal el ciudadano ARCENIO ANTONIO DUQUE OCHOA, contra la ciudadana ROSA MANRIQUE DE ALONZO, se acordó la ENTREGA MATERIAL al demandante antes mencionado y libre de bienes y personas del siguiente inmueble: una parcela de terreno y la casa sobre ella construida, distinguida con el Nº 116, y con un área aproximada de (588,50 Mts.2), ubicada en la Calle Caroní de la primera etapa de la Urbanización Guaicaipuro del Estado Miranda, Los Teques, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORESTE: Calle Caroní; SURESTE: en (26,33 Mts.) parcela Nº 117; NOROESTE: en (26,49 Mts.), parcela Nº 115, y SUROESTE: en (22,61 Mts.) antigua zanja o sus vestigios. Dicho inmueble pertenece a la parte actora, conforme consta de documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 09 de diciembre de 2003, bajo el Nº 45, Tomo: 01, Protocolo 3.
Que se le ha comisionado amplia y suficientemente a objeto de que se sirva practicar las diligencias necesarias a fin de dar cumplimiento a la medida decretada.
Que la parte actora ciudadano ARCENIO ANTONIO DUQUE OCHOA, titular de la C.I. Nº 6.141.127, tiene como apoderado judicial al Abogado NANCY MEDINA PADRON, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 20.453.
Que la parte demandada es la ciudadana ROSA MANRIQUE DE ALONZO, titular de la C.I. Nº 2.451.984, y no tiene Apoderado debidamente constituido.
Que una vez practicada la presente comisión se estime devolverla original con sus resultas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, a los quince (15) días del mes de marzo de dos mil cuatro (2004) 193º y 145º.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/o
14.196
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
LOS TEQUES.
Los Teques, 15 de mayo de 2004.
193º y 145º
No. 0855-
Ciudadano:
Juez Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro, Carrizal y los Salias de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.
Caracas.
Su Despacho.
Tengo a bien dirigirme a Ud, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, comisión que le ha sido conferida en relación con el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue por ante este Tribunal el ciudadano ARCENIO ANTONIO DUQUE OCHOA, contra la ciudadana ROSA MANRIQUE DE ALONZO , a objeto de que se sirva darle cumplimiento a la misma y devolverla original con sus resultas.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/o
14.196