REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de marzo de dos mil cuatro (2004).-
193° y 145°.-
Vista la diligencia de fecha 11 de marzo de 2004, suscrita por el abogado JOSE JOAQUIN SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.849, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual consigna fotostatos para la que se libre compulsa de citación, igualmente solicita se comisione al Juzgado del Municipio Zamora, con sede en Guatire, para la practica de la citación, el Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado y ordena se líbrese compulsa junto con despacho y oficio al Juzgado del Municipio Zamora, con sede en Guatire. Líbrese compulsas junto despacho y oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/nr
EXP. N°. 14244
El suscrito ABG. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente N° 14244. Relacionado con el juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS seguido por el ciudadano OSCAR STOPELLO SANTOS contra la ASOCIACIÓN CIVIL PRO VIVIENDA DE EDUCADORES DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, PLAZA, ZAMORA (ASUSPLAZAM). Las cuales fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo l° de la ley de sellos. Los Teques, quince (15) de marzo de dos mil cuatro (2004).-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de marzo de dos mil cuatro (2004).-
193° 145°.-
SE HACE SABER: A la ASOCIACIÓN CIVIL PRO VIVIENDA DE EDUCADORES DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, PLAZA, ZAMORA (ASUSPLAZAM), en la persona de su Presidente ciudadana CARMEN CELINA BUSTAMANTE HIDALGO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V- 3.189.989, parte demandada en el juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS es seguido por el ciudadano OSCAR STOPELLO SANTOS, que deberá comparecer ante este tribunal dentro de los Veinte (20) días de Despacho siguientes, más un (1) día de término de distancia que se le concede a fin de que conteste la demanda incoada en su contra y a que se refiere el libelo anterior. Dará recibo al ciudadano Alguacil del Tribunal en prueba de haber quedado debidamente citada.
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/nr
EXP. N° 14244
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN GUATIRE
HACE SABER:
Que en el Juicio que por DAÑOS YPERJUICIOS sigue ante este Tribunal el ciudadano OSCAR STOPELLO SANTOS contra la ASOCIACIÓN CIVIL PRO VIVIENDA DE EDUCADORES DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, PLAZA, ZAMORA (ASUSPLAZAM), que se sustancia en el Expediente No.14244, Ud., ha sido suficientemente comisionado para practicar la citación personal de la parte demandada, en la dirección que oportunamente señalará la parte actora, para lo cual se le remite las Compulsas de Citación.
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la practica de la misma.-
Que la parte la actora tiene como apoderado judicial al Abogado en ejercicio abogado JOSE JOAQUIN SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.849.
Que la parte demandada no tiene apoderado judicial debidamente constituido.
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que una vez practicada la presente comisión, se servirá devolver la misma original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los quince (15) días del mes de marzo del dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 193º de la Independencia y 145º de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/nr
Exp. Nº. 14244
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.-
Los Teques, 15 de marzo de 2004
193° y l45°
OFICIO N° 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN GUATIRE.
SU DESPACHO.
Tengo a bien dirigirme a usted; a fin de remitirle anexo al presente oficio, comisión que le ha sido conferida, a los fines de que se practique la citación de la ASOCIACIÓN CIVIL PRO VIVIENDA DE EDUCADORES DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, PLAZA, ZAMORA (ASUSPLAZAM), en la persona de su presidente ciudadana CARMEN CELINA BUSTAMANTE HIDALGO, parte demandada en el juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS sigue el ciudadano OSCAR STOPELLO SANTOS, según expediente N° 14244
Se le estima que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/nr
EXP. N°. 14244