REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, quince (15) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193º y 145º
Vistas las anteriores diligencias estampadas en fecha 08/03/2004 por el Abogado ALEJANDRO INFANTE, con el carácter de apoderado judicial de la parte querellada, y los pedimentos en las mismas contenidos; el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, desglosar la comisión librada al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro, Carrizal y Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, cursante a los folios (58 al 79) de esta pieza, la cual fuera devuelta por ése Juzgado a petición del apoderado judicial de la parte querellada, con el objeto de que ése Tribunal se sirva practicar la misma. Devuélvase la comisión adjunta a oficio, y déjese constancia en autos de lo actuado. Igualmente se acuerda devolver previa certificación en autos, los recaudos solicitados por la parte querellada. Certifíquense los fotostatos de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 1º de la Ley de Sellos. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABOG. RICHARS MATA
En la misma fecha se desglosó la comisión, dejándose constancia que en relación a la devolución de los recaudos faltan fotostatos para proveer.
EL SECRETARIO,
VJGJ/o
99-9431
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
LOS TEQUES.
Los Teques, 15 de marzo de 2004.
193º y 145º
No. 0855-
Ciudadano:
Juez Ejecutor de los Municipios Guaicaipuro, Carrizal y Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Los Teques.
Su Despacho.
Tengo a bien dirigirme a Ud, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio comisión constante de (21) folios útiles, que le fue conferida en relación con el juicio que por QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO, sigue por ante éste Tribunal COOPERATIVA PRO-FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ANUNCIACION, contra las ciudadanas BERTA N. DOMINGUEZ DE HERRERA, CASIMIRA E. HERRERA y AMANDA HERRERA DE RICCI; la cual fuera devuelta por ése Despacho a solicitud de la parte querellada.
Remisión que se le hace a los fines de que se sirva darle cumplimiento a la misma, y devolver con sus resultas.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/o
99-9431