REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, dieciséis (16) de marzo de dos mil cuatro (2004).-
193° y 145°
Visto el escrito de PROMOCION DE PRUEBAS inserto a los folios ciento veinte (120) al ciento treinta y siete (137) del presente expediente, presentado por los abogados ARCENIO ANTONIO DUQUE OCHOA y NANCY MEDINA PADRON, en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte actora, el Tribunal las ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes, salvo su apreciación o no en la definitiva. En cuanto a la PRUEBA DE COTEJO contenida en el CAPITULO TERCERO, el Tribunal para la evacuación de la misma, fija las 11:00 a.m., del Segundo (2°) día de despacho siguiente al de hoy, para que tenga lugar el acto de NOMBRAMIENTO DE EXPERTOS de conformidad con lo establecido en el artículo 452 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto al escrito de PROMOCION DE PRUEBAS inserto a los folios ciento treinta y ocho (138) y ciento treinta y nueve (139) del presente expediente, presentado por el abogado JESUS BRITO, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, el Tribunal lo ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales, ni impertinentes, salvo su apreciación o no en la definitiva.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA


EXP N° 13618
VJGJ/Jenny.-