REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecisiete (17) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193° y 145°
Vista la diligencia que antecede de fecha de los corrientes, suscrita por la abogada en ejercicio LILI FUENTES, en su carácter de autos, mediante la cual expone por cuanto los co-demandados MANUEL PRIETO y la Sociedad de Comercio TRANSPORTE UNIDO, se dieron por citados en este juicio, solicita la fijación del cartel de citación en el domicilio de la Compañía de Seguros Los Andes C.A., para lo cual pide se libre la comisión correspondiente, el Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado, en consecuencia se ordena certificar la copia del cartel de citación librado a la Empresa Seguros Los Andes, y para la fijación del mismo se exhorta amplia y suficientemente al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a quien se ordena librar despacho junto con oficio, a fin de que la Secretaria de ése despacho proceda a la fijación del cartel de la Empresa Aseguradora SEGUROS LOS ANDES, conforme a lo dispuesto en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil . Las certificaciones se expiden de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 1° de la Ley de Sellos. Certifíquese el cartel, remítase junto con despacho y oficio al Juzgado comisionado y déjese constancia de lo actuado.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA ACC.,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
VJGJ/ag
Exp. N°. 12820

Quien suscribe ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES, Secretaria Accidental del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las anteriores copias son traslado fiel y exacto de su original que corren insertas en el Expediente signado con el Nº.12820, contentivo del Juicio que por TRANSITO sigue ante este Tribunal ELEAZAR ZABALA ZABALA contra JOSE MANUEL PRIETO, TRANSPORTE UNIDO S.R.L. y SEGUROS LOS ANDES. Las cuales fueron autorizados por la Juez de este Tribunal, por auto expreso que se inserta a las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, diecisiete (17) días del mes de marzo de dos mil cuatro (2004)..
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
HACE SABER:
Que en el Juicio que por TRANSITO sigue ante este Tribunal ELEAZAR ZABALA ZABALA. contra JOSE MANUEL PRIETO, TRANSPORTE UNIDO S.R.L. y SEGUROS LOS ANDES, que se sustancia en el Expediente No.12820, por auto de esta misma fecha Ud., acordó EXHORTARLE, para que la Secretaria de ese Despacho se sirva realizar la fijación del cartel de citación librado a SEGUROS LOS ANDES, de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, a tal efecto se le remite la copia certificada del cartel..
Que ha sido exhortado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la práctica de la misma.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como apoderadas judiciales a las abogadas en ejercicio NURIS CORONEL, CARMEN SALAZAR y LILI FUENTES, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 30.702, 34.713 y 82.515, respectivamente.
Que la parte demandada no tiene como apoderados judiciales debidamente constituidos.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la misma original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los diecisiete (17) días del mes de marzo del dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 193º de la Independencia y 145º de la Federación.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. OMAIRA DIAZ DE SOLARES
VJGJ/ag
Exp. N°. 12820

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 17 de marzo de 2004
193º y 145º
OFICIO No. 0855-500
CIUDADANO:
JUEZ CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio despacho, copia certificada del cartel librado a la parte co-demandada, SEGUROS LOS ANDES en el Juicio que por TRANSITO sigue ante este Tribunal, ELEAZAR ZABALA ZABALA contra JOSE MANUEL PRIETO, TRANSPORTE UNIDO S.R.L. y SEGUROS LOS ANDES, el cual se sustancia en el Expediente No.12820, a fin de que se sirva darle cumplimiento al mismo, todo para lo cual Ud., ha sido comisionado suficientemente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
Se le estima que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/ag