REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, dieciocho (18) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193° y 145°
Por cuanto fueron consignadas las copias fotostáticas correspondientes, se acuerda librar las compulsas ordenadas en el auto de admisión, así como el despacho y oficio al Juzgado comisionado. Líbrense compulsas, remítanse junto con despacho y oficio al Juzgado comisionado.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp.No. 12131
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTOBAL ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE
HACE SABER:
Que en el Juicio que por TERCERIA sigue ante este Tribunal, la ciudadana YAMILET AYALA VARGAS contra los ciudadanos NORBERTO ARGELI TORBELLO RAMIREZ y CARIBEL TORBELLO RAMIREZ, que se sustancia en el Expediente No.12131, Ud., por auto de esta misma fecha y de conformidad con lo establecido en el artículo 227 del Código de Procedimiento Civil, Ud., ha sido suficientemente comisionado para practicar la citación de la parte demandada, ciudadanos NORBERTO ALGELI TORBELLO RAMIREZ y CARIBEL TORBELLO RAMIREZ , y a tal efecto se le remite las compulsas libradas.
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la práctica de las mismas.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como apoderados judiciales a los abogados en ejercicio SOLANDA DE SANCHEZ, ISMAEL ANTONIO KEY y CARMEN SILVIA HERNANDEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 20311, 15392 y 23498, respectivamente.
Que la parte demandada no tiene como apoderados judiciales debidamente constituidos.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la misma original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los dieciocho (18) días del mes de marzo del dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 193º de la Independencia y 145º de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp. Nº. 12131
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 18 de marzo de 2004
193º y 145º
OFICIO No. 0855-517
CIUDADANO:
JUEZ DEL MUNICIPIO CRISTOBAL ROJAS
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN CHARALLAVE
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio despacho y compulsas, libradas en el Juicio que por TERCERIA sigue ante este Tribunal la ciudadana YAMILET AYALA VARGAS contra los ciudadanos NORBERTO ARGELI TORBELLO RAMIREZ y CARIBEL TORBELLO RAMIREZ, el cual se sustancia en el Expediente No.12131, a fin de que se sirva darle cumplimiento al mismo, todo para lo cual Ud., ha sido comisionado suficientemente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
Se le estima que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver original con sus resultas.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/ag
Exp. Nº. 12131
Anexo: Lo indicado
Quien suscribe ABG. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado con el Nº 12131, contentivo del Juicio que por TERCERUA, sigue ante este Tribunal la ciudadana YAMILET AYALA VARGAS contra NORBERTO ARGELI TORBELLO RAMIREZ y CARIBEL TORBELLO RAMIREZ. Los cuales fueron autorizados por la Juez de éste Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Articulo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, dieciocho (18) de marzo de dos mil cuatro (2004).-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, dieciocho (18) de marzo de dos mil cuatro (2004).-
193º y 145º
SE HACE SABER: Al ciudadano NORBERTO ARGELI TORBELLO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.403.232, domiciliado en Jurisdicción del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda, que en el Juicio que por TERCERIA, es seguido en su contra ante este Tribunal por la ciudadana YAMILET AYALA VARGAS, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la última citación de los demandados, más un día de término de distancia que se le concede, a dar contestación a la demanda, a que se refiere el libelo anterior. Dará recibo al Alguacil en prueba de haber sido citado.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp. Nº. 12131
Quien suscribe ABG. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado con el Nº 12131, contentivo del Juicio que por TERCERUA, sigue ante este Tribunal la ciudadana YAMILET AYALA VARGAS contra NORBERTO ARGELI TORBELLO RAMIREZ y CARIBEL TORBELLO RAMIREZ. Los cuales fueron autorizados por la Juez de éste Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Articulo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, dieciocho (18) de marzo de dos mil cuatro (2004).-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, dieciocho (18) de marzo de dos mil cuatro (2004).-
193º y 145º
SE HACE SABER: A la ciudadana CLARIBEL TORBELLO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.403.233, domiciliado en Jurisdicción del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda, que en el Juicio que por TERCERIA, es seguido en su contra ante este Tribunal por la ciudadana YAMILET AYALA VARGAS, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la última citación de los demandados, más un día de término de distancia que se le concede, a dar contestación a la demanda, a que se refiere el libelo anterior. Dará recibo al Alguacil en prueba de haber sido citado.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp. Nº. 12131