REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, veintidos (22) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193º y 145º
Vista la anterior diligencia estampada por el Abogado WILMAR LOPEZ, con el carácter de apoderado judicial de la parte actora en este juicio, en la cual se da por notificado de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 18 de febrero de 2004, y solicita se notifique a la otra parte, se acuerda en tal virtud la notificación de la parte demandada ciudadana OLGA EPIFANIA SOLANO, y/o a su Apoderada Judicial Abogada HEAVENS SANTANA, a fin de hacerle saber que este Tribunal dictó sentencia en el presente juicio. Dicha notificación se hará de conformidad con lo previsto en el Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 233 eiusdem. Líbrese Boleta de Notificación y entréguese al Alguacil del Tribunal a los fines consiguientes. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABOG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
VJGJ/o
12.940
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
Los Teques, 22 de marzo de 2004.
193º y 145º
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A la ciudadana OLGA EPIFANIA SOLANO, Venezolana, mayor de edad y titular de la C.I. No. 4.054.953, y/o su Apoderada Judicial Abogada HEAVENS SANTANA, parte demandada en el juicio que por PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL, intentara en su contra el ciudadano ALBERTO BALBUZANO HERNANDEZ, que este Tribunal en fecha 18 de febrero de 2004, dictó sentencia definitiva en el juicio en referencia. Notificación que se hace de conformidad con el Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 233 eiusdem.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/o
12.940