REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintitrés (23) de marzo del dos mil cuatro (2004).
193° y 145°.-

---Revisada como ha sido las actas que conforman la presente solicitud, se evidencia que el ciudadano YRWIN A. CUEVAS RUMBOS, solicitó cinco (05) juegos de copias certificadas, este Tribunal acuerda las mismas y ordena expedir copias certificadas de la diligencia y del presente auto que las provea, de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la Ley de Sellos. Cúmplase.-
EL JUEZ,


DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO,


ABOG. RICHARS MATA

--En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO,


ABOG. RICHARS MATA





VJGJ/Damelis
Solicitud N° 1850











Quien suscribe Abogado RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que la anterior fotostática es traslado fiel y exacto de su original que corren insertos en la presente solicitud signada con el N° 1850, ante este Tribunal, con motivo del declaración de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por el ciudadano YRWIN A. CUEVAS RUMBOS, cuyas actuaciones fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso, y que se insertan en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la. Ley de Sellos. Los Teques, veintitrés (23) de marzo de dos mil cuatro (2004)


EL SECRETARIO,


ABOG. RICHARS MATA