REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, veinticinco (25) de marzo de dos mil cuatro (2004).-
193º y 145º
Vista la anterior diligencia estampada por el Abogado EMILIO MONCADA, con el carácter de apoderado judicial de la parte actora en este juicio, y el pedimento en la misma contenido, en el sentido de que se decrete la ejecución de la sentencia dictada en este juicio; el Tribunal por cuanto la misma se encuentra definitivamente firme, se decreta su ejecución; y en consecuencia se le concede a la parte demandada un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a la presente fecha, a objeto de que de cumplimiento voluntario a la sentencia, todo de conformidad con el Articulo 524 del Código de Procedimiento Civil, dejándose constancia que no podrá comenzarse la ejecución forzosa de la obligación hasta tanto haya transcurrido íntegramente el lapso concedido. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABOG. RICHARS MATA
VJGJ/o
10.659