REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticinco (25) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193° y 145°
Vista la diligencia que antecede de fecha 23 de los corrientes, suscrita por el abogado en ejercicio MANUEL E. GALINDO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual consigna los fotostatos correspondientes para su certificación y posterior remisión al Juzgado Superior, el Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado, en consecuencia ordena certificar las copias consignadas y remitirlas junto con oficio al Tribunal de Alzada tal y como fuera ordenado en el auto de fecha 30 de octubre de 2002. Certifíquense las copias fotostáticas consignadas, remítanse junto con oficio al Tribunal de Alzada y déjese constancia de lo actuado.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp.No. E-1476

Quien suscribe ABG. RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el Expediente signado con el Nº E-1476, contentivo del Juicio que por ENTREGA MATERIAL, siguen ante este Tribunal los ciudadanos PEDRO CESAR RODRIGUEZ VELASQUEZ y LUZ EBEDICE GUERRERO DE RODRIGUEZ contra los ciudadanos TANIA MARIA SANCHEZ y MARTIN JOSE ROJAS ROJAS. Los cuales fueron autorizados por la Juez de éste Tribunal, por auto expresado que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Articulo 1º de la Ley de Sellos. Los Teques, veinticinco (25) de marzo de dos mil cuatro (2004).-
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
Los Teques, 25 de marzo de 2004
193° y 145°
OFICIO No. 0855-561
CIUDADANO:
JUEZ SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y
MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO
MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio y constante de ciento sesenta y cuatro (164) folios útiles, COPIAS CERTIFICADAS, relacionadas con la solicitud de ENTREGA MATERIAL interpuesta por los ciudadanos PEDRO CESAR RODRIGUEZ VELASQUEZ y LUZ EBEDICE GUERRERO DE RODRIGUEZ contra los ciudadanos TANIA MARIA SANCHEZ y MARTIN JOSE ROJAS ROJAS, que se sustancia en el Expediente signado con el No. E-1476, a fin de que conozca la apelación interpuesta por la parte accionante.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VJGJ/ag
Exp.No. E-1476
Anexo: Lo indicado