REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, treinta (30) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193º y 145º
Vista la diligencia estampada en fecha 25/03/2004, por el ciudadano PETER LARA, con el carácter de parte actora en este juicio, debidamente asistido de Abogado, y el pedimento en la misma contenido, en el sentido de que se desglose la diligencia estampada por la apoderada judicial de la parte demandada, cursante al folio (183) de este cuaderno, por cuanto considera que la misma debe ir inserta en el cuaderno de Tercería, toda vez que el Tribunal ordenó continuar la Partición en cuaderno separado. El Tribunal con vista al pedimento anterior, ordena desglosar la diligencia en referencia estampada por la Abogada MYRIAN ROJAS, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada ciudadana IRMA DELIA PINTO, e insertarla en el cuaderno separado en el cual se sustancia lo relativo a los bienes que fueron objeto de contradicción. Déjese constancia de lo aquí ordenado, corríjase la foliatura de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABOG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
VJGJ/o
12.665
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, treinta (30) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193º y 145º
Vista la diligencia estampada en fecha 25/03/2004, por el ciudadano PETER LARA, con el carácter de parte actora en este juicio, debidamente asistido de Abogado, y el pedimento en la misma contenido, el Tribunal acuerda expedir las copias certificadas solicitadas, con inclusión de la diligencia en referencia y del presente auto. Certifíquense los fotostatos de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 1º de la Ley de Sellos. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABOG. RICHARS MATA
Faltan fotostatos para expedir las acordadas en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
VJGJ/o
12.665
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, treinta (30) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193º y 145º
Se deja constancia que la diligencia que antecede fue desglosada del cuaderno principal para ser insertada en el presente cuaderno separado, conforme al auto dictado en esta misma fecha que corre inserto en el cuaderno correspondiente. Corríjase la foliatura de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 109 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/o
12.665