REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, treinta (30) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193º y 145º
Vista la anterior diligencia estampada por el Abogado JOSE G. MEDINA, con el carácter de apoderado judicial de la parte ejecutada en este juicio, en la cual apela del auto dictado por este Tribunal en fecha 22 de los corrientes; el Tribunal por cuanto de la revisión del expediente se desprende que la presente causa se encuentra en etapa de ejecución de sentencia, SE NIEGA la apelación en referencia interpuesta por la parte ejecutada, ello en atención a lo dispuesto en el Artículo 532 del Código de Procedimiento Civil, que dispone lo siguiente: “Salvo lo dispuesto en el artículo 525, la ejecución, una vez comenzada, continuará de derecho sin interrupción, excepto los casos siguientes…”, en consecuencia dicha apelación se tiene como no opuesta. Por otra parte, y sólo a los fines de la continuación de la causa, se ordena la notificación de la parte ejecutante, considerándose a derecho a la parte ejecutada. Líbrese Boleta de Notificación y entréguese al Alguacil del Tribunal a los fines consiguientes. Cúmplase.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABOG. RICHARS MATA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
VJGJ/o
97-6713

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.

Los Teques, 30 de marzo de 2004.
193º y 145º

BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:

A la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA LA BAYAMESA C.A., en la persona de su apoderado judicial Abogado JOSE ANGEL BALZAN, parte ejecutante en el juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA, intentara contra los ciudadanos ARTURO J. BASTIDAS G. y JULIA DEL CARMEN HERNANDEZ. Notificación que se hace a los fines de la continuación de la causa.

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


VJGJ/o
97-6713