REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, treinta y uno (31) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193º y 145º

Recibido el anterior expediente por el sistema de distribución de causas, procedente del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, correspondiéndole el conocimiento de la causa a este Juzgado, se le da entrada en los libros respectivos bajo el No. 14.355. Y por cuanto de la revisión de las facturas acompañados como fundamento de la demanda que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), intentara la Sociedad Mercantil LEOPOL C.A., representada por el ciudadano YIUMAR LEOPOLDO MORALES MORALES, contra la empresa GLOBAL UNO LOGISTICA DE VENEZUELA C.A., se evidencia que no cumplen los requisitos para la admisibilidad de la demanda, los cuales se encuentran taxativamente expresados en el Artículo 644 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto de las facturas no se evidencia que hayan sido aceptadas, además de ser copias al carbón; el Tribunal sin prejuzgar sobre el fondo del asunto y a tenor de lo pautado en el Artículo 643 ejusdem, niega la admisión de la demanda Así se decide.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA

VGJ/o
14.355