REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

En horas de despacho del día de hoy, 04 de marzo de 2004, siendo las 10:00 a.m. Oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la declaración de la ciudadana: GLADIS YHAJAIRA LIZARDO RAMOS, venezolana, titular de la cédula de identidad No.4.552.502, se hizo presente dicha ciudadana quien dijo estar domiciliada en: Urbanización Parque el Retiro, Segunda Etapa, Calle 8-M-23, San Antonio de Los Altos. Seguidamente el Tribunal procedió a juramentar a dicha testigo, quien manifestó no tener ningún impedimento para declarar y juró decir la verdad en su declaración y al ser interrogada por el Tribunal contestó: PRIMERO: Diga la testigo, si conoce a la ciudadana MARIA REMEDIOS VERA ESPINOLA. CONTESTO: si la conozco. SEGUNDA: Diga la testigo si le une algún parentesco con la mencionada ciudadana y de donde la conoce. CONTESTO: no me une ningún parentesco y la conozco de ser vecina, de ser amiga. TERCERA: diga la testigo desde cuando tiene conocimiento que la señora MARIA REMEDIOS VERA, se encuentra enferma. CONTESTO: desde hace 6 o 7 años aproximadamente. CUARTO: Diga la testigo quien se encarga de la manutención de la ciudadana: MARIA REMEDIOS VERA, desde su enfermedad y en la actualidad. CONTESTO: su único hijo JOSE VICENTE BENITEZ.. QUINTA: Diga la testigo si tiene conocimiento de que la señora MARIA REMEDIOS VERA, tiene bienes de fortuna. CONTESTO: no tengo conocimiento de que tenga bienes de fortuna, ella no tiene dinero, a ella la mantiene su hijo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

LA TESTIGO

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA

En horas de despacho del día de hoy, 04 de marzo de 2004, siendo las 10:30 a.m. oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la declaración de la ciudadana: MARIA LOURDES MOLINA, venezolana, titular de la cédula de identidad No.1.086.562, se hizo presente dicha ciudadana quien dijo estar domiciliada en: Casa de Reposo San José, Calle Principal El Picacho, detrás del Oficentro el Picacho, San Antonio de Los Altos, Estado Miranda. Seguidamente el Tribunal procedió a juramentar a dicha testigo, quien manifestó no tener ningún impedimento para declarar y juró decir la verdad en su declaración y al ser interrogada por el Tribunal contestó: PRIMERO: Diga la testigo, si conoce a la ciudadana MARIA REMEDIOS VERA ESPINOLA. CONTESTO: si la conozco desde que está hospitalizada. SEGUNDA: Diga la testigo si le une algún parentesco con la mencionada ciudadana y de donde la conoce. CONTESTO: no me une ningún parentesco y la conozco desde que está hospitalizada. TERCERA: diga la testigo desde cuando tiene conocimiento que la señora MARIA REMEDIOS VERA, se encuentra enferma. CONTESTO: como desde hace 2 años aproximadamente. CUARTO: Diga la testigo quien se encarga de la manutención de la ciudadana: MARIA REMEDIOS VERA, desde su enfermedad y en la actualidad. CONTESTO: su único hijo JOSE VICENTE BENITEZ.. QUINTA: Diga la testigo si tiene conocimiento de que la señora MARIA REMEDIOS VERA, tiene bienes de fortuna. CONTESTO: no me consta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

LA TESTIGO

EL SECRETARIO


ABG. RICHARS MATA

En horas de despacho del día de hoy, 04 de marzo de 2004, siendo las 11:00 a.m. oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la declaración de la ciudadana: ANA MARIA CASTILLO, venezolana, titular de la cédula de identidad No.5.968.876, se hizo presente dicha ciudadana quien dijo estar domiciliada en: Calle Suapure, Edificio Cariaquito, Piso 1, Apto. 1, Colinas de Bello Monte Caracas. Seguidamente el Tribunal procedió a juramentar a dicha testigo, quien manifestó no tener ningún impedimento para declarar y juró decir la verdad en su declaración y al ser interrogada por el Tribunal contestó: PRIMERO: Diga la testigo, si conoce a la ciudadana MARIA REMEDIOS VERA ESPINOLA. CONTESTO: si. SEGUNDA: Diga la testigo si le une algún parentesco con la mencionada ciudadana y de donde la conoce. CONTESTO: no me une ningún parentesco soy amiga de ella de su casa. TERCERA: diga la testigo desde cuando tiene conocimiento que la señora MARIA REMEDIOS VERA, se encuentra enferma. CONTESTO: aproximadamente desde hace 5 o 6 años. CUARTO: Diga la testigo quien se encarga de la manutención de la ciudadana: MARIA REMEDIOS VERA, desde su enfermedad y en la actualidad. CONTESTO: su único hijo JOSE VICENTE BENITEZ.. QUINTA: Diga la testigo si tiene conocimiento de que la señora MARIA REMEDIOS VERA, tiene bienes de fortuna. CONTESTO: no tiene conocimiento. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

LA TESTIGO

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA



En horas de despacho del día de hoy, 04 de marzo de 2004, siendo las 11:30 a.m. oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la declaración del ciudadano: JOSE MANUEL FERNÁNDEZ DE PABLOS, venezolano, titular de la cédula de identidad No.3.800.341, se hizo presente dicho ciudadano quien dijo estar domiciliado en: Urbanización La Morita, Edificio Las Acacias, Conserjería, San Antonio de Los Altos, Estado Miranda. Seguidamente el Tribunal procedió a juramentar a dicho testigo, quien manifestó no tener ningún impedimento para declarar y juró decir la verdad en su declaración y al ser interrogada por el Tribunal contestó: PRIMERO: Diga el testigo, si conoce a la ciudadana MARIA REMEDIOS VERA ESPINOLA. CONTESTO: si. SEGUNDA: Diga el testigo si le une algún parentesco con la mencionada ciudadana y de donde la conoce. CONTESTO: no me une ningún parentesco y la conozco de San Antonio. TERCERA: diga el testigo desde cuando tiene conocimiento que la señora MARIA REMEDIOS VERA, se encuentra enferma. CONTESTO: aproximadamente desde hace 7 años. CUARTO: Diga el testigo quien se encarga de la manutención de la ciudadana: MARIA REMEDIOS VERA, desde su enfermedad y en la actualidad. CONTESTO: su único hijo JOSE VICENTE BENITEZ.. QUINTA: Diga el testigo si tiene conocimiento de que la señora MARIA REMEDIOS VERA, tiene bienes de fortuna. CONTESTO: no tiene conocimiento. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL TESTIGO

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 04 de marzo de dos mil cuatro.

193º y 145º

Vista la diligencia anterior, suscrita por el abogado MIGUEL ANGEL LOIS MORA, en su carácter de apoderado judicial de la parte solicitante, mediante la cual manifiesta que presenta al ciudadano: JOSE MANUEL FERNÁNDEZ DE PABLOS, y solicita se le tome la declaración; este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, se fijan las 11:30 a.m. del día de hoy, para que el tomarle la declaración al ciudadano: JOSE MANUEL FERNÁNDEZ DE PABLOS, titular de la cédula de identidad Nº3.800.341.- CUMPLASE

EL JUEZ

DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA

NOTA: en la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

EL SECRETARIO

VJGJ/rosa*
Exp.Nº13531