REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, cuatro (04) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193º y 145º
Vista la diligencia que antecede de fecha 02 de los corrientes, suscrita por los abogados en ejercicio GREGORIO MAXIMILIANO ANDRADE ZAMBRANO y ROMULO CHACIN GARCIA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 29.482 y 7.913, respectivamente, mediante la cual expone que en virtud de la gravísima situación social en la que se encuentra el país, especialmente la ciudad de Caracas y el Estado Miranda, en donde estuvieron bloqueadas las salidas y accesos de la ciudad de Caracas y Estado Miranda, donde incluso hubo saqueos, que le impidieron hacerse presentes el día 01 de marzo de 2004, para que se llevara a efecto el acto de absolución de posiciones juradas de la parte demandada, y por cuanto ese acto es de vital importancia para el esclarecimiento de los hechos en el presente proceso, solicitan al Tribunal se sirva fijar nueva oportunidad para que las partes absuelvan las posiciones juradas. Al respecto este Tribunal observa: Por cuanto es un hecho notorio que tanto en la región capital como en todo el país, los acontecimientos acaecidos desde el día 27 de febrero de 2004, hasta la presente fecha, y por cuanto los Jueces tienen por norte la búsqueda de la verdad, así como la de garantizar una justicia imparcial y sin formalismos inútiles, en resguardo del derecho a la defensa que le asiste a las partes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, DISPONE: Se acuerda fijar nueva oportunidad para que tenga lugar el acto de posiciones juradas promovida por la parte actora en su libelo de demanda, en tal sentido se ordena citar mediante boleta a la ciudadana TERESA MARIA VIEIRA GAMA, a fin de que comparezca ante este Tribunal a las 11:00 a.m., del tercer día de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, y absuelva las posiciones juradas que le serán formuladas por la parte promovente. En virtud de que la parte actora manifestó su disposición de absolver las mismas recíprocamente, este Tribunal le fija las 11:00 a.m., del primer día de despacho siguiente a aquel en que la ciudadana TERESA MARIA VIEIRA GAMA las absuelva, para que la ciudadana MARIA LEONOR CARVALHO FREITES, absuelva las posiciones juradas. Líbrese boleta de citación, entréguese al Alguacil y déjese constancia de lo actuado.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp. Nº. 14095
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
Los Teques, 04 de marzo 2004
193° y 145°
BOLETA DE CITACION
SE HACE SABER:
A la ciudadana TERESA MARIA VIEIRA GAMA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.247.039, parte demandada, en el Juicio que por NULIDAD DE VENTA sigue en su contra MARIA LEONOR CARVALHO FREITAS, que se sustancia en el Expediente signado con el No. 14095, que deberá comparecer ante este Tribunal a las 11:00 a.m., del tercer día de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, a fin de que absuelva las posiciones juradas que le serán formuladas por las parte actora, en el día y hora antes indicado.
Firmará al pie de la presente en prueba de haber sido citada por el Alguacil del Tribunal.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
CITADA,
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FECHA:______________
VJGJ/ag
Exp. Nº. 14095