REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 01 de Marzo de 2.004
193° y 145°
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR MANDATO EXPRESO DE LEY, declara con lugar la solicitud de la Dra. ELENA LUIS FERNANDEZ en su carácter de Defensora Pública Penal y en consecuencia decreta el archivo de las actuaciones, en la causa signada bajo el N° 1C-2623-00, seguida a los ciudadanos BRUSEL JOSE VERENZUELA CORRO Indocumentado, y RAMON JEANPIER CASTILLO RAMÍREZ titular de la cédula de identidad N° 13.233.875, el cual comporta el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas, así como la como la condición de imputado de los antes citados ciudadanos. Líbrese los oficios correspondientes. Notifíquese a la defensa al Fiscal Primero del Ministerio Público, así como a los ciudadanos BRUSEL JOSE VERENZUELA CORRO Indocumentado, y RAMON JEANPIER CASTILLO RAMÍREZ titular de la cédula de identidad N° 13.233.875. Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
LA JUEZ
IRIS MORANTE HERNANDEZ
LA SECRETARIA
DORCY OSVAIRA GONZALEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en el auto anterior.
LA SECRETARIA
CAUSA N° 1C-2623-00
IMH/DOG