REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 15 de marzo de 2004
193° y 145°

En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA con lugar la revisión de la medida cautelar sustitutiva solicitada y acuerda: PRIMERO: La ampliación del ámbito territorial en el cual se desplaza JHONY JORKY SOTO SALAS, titular de la cédula de identidad N° 15.519.319, hasta el Estado Aragua, lugar donde tiene fijada su residencia.
SEGUNDO: Se fija como lugar de sus presentaciones el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal y sede. TERCERO: Se determina el lapso de presentaciones los días miércoles cada quince (15) días.
Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes.
La Juez

ROSA AMARISTA DE OROPEZA
La Secretaria

HILDA OROPEZA

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado y así lo certifico.

La Secretaria

HILDA OROPEZA


Causa N° 2C18475/03
RAO/HO/angela.-