REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 24 de marzo de 2004
193° y 145°
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA PRIMERO: CON LUGAR la revisión de la medida cautelar sustitutiva solicitada por la defensora del imputado ROMERO FERMIN JOSE GREGORIO, titular de la cédula de identidad N° 16.369.153. SEGUNDO: Sustituye la medida cautelar sustitutiva prevista en el ordinal 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal que pesa sobre el imputado, por la contenida en el ordinal 2 del referido artículo, la cual consiste en someterse al cuidado y vigilancia de su madre, la que informará regularmente al Tribunal. Asimismo, se mantiene vigente la medida cautelar impuesta al imputado, prevista en los ordinales 3°, 5° y 6° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales son presentaciones cada ocho (08) días durante un lapso de seis (06) meses ante la sede de este Tribunal, prohibición de comunicarse con la víctima, prohibición de ir a determinados lugares siempre y cuando no afecte su derecho a la defensa.
Notifíquense a las partes, líbrese boleta de traslado, regístrese, publíquese, déjese copia.
La Juez
ROSA AMARISTA DE OROPEZA
La Secretaria,
HILDA OROPEZA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria
HILDA OROPEZA
Causa N° 2C27892/04
RAO/HO/angela.-