REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 03 de marzo de 2004
193° y 145°


Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se califican los hechos como flagrantes de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda la continuación de la investigación por el procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 373 último aparte del texto penal vigente, en atención al contenido de los artículos 13 y 372 ejusdem y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. TERCERO: Se acuerda imponer al ciudadano LUIS ANDRES VIVAS VELASCO, titular de la cédula de identidad N° 5.126.167, de 45 años de edad, de profesión u oficio albañil, residenciado en Matica Arriba, Calle María Silva Otero, casa s/n, cerca de la Bodega El Quemao, Los Teques, Estado Miranda, de estado civil soltero, las medidas cautelares sustitutivas contempladas en el artículo 256 ordinales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, diarícese, remítanse las actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques.
La Juez

ROSA AMARISTA DE OROPEZA
La Secretaria

HILDA OROPEZA

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado y así lo certifico.

La Secretaria

HILDA OROPEZA

Causa N° 2C30483/04
RAO/HO/angela.-