REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 01 de Marzo del 2004
193º y 144º

Impone medida cautelar sustitutiva investigado CEDEÑO CASTRO MANUEL JOSE, de nacionalidad Venezolano, natural de Caracas, de Estado Civil Soltero, de Profesión u oficio Funcionario Público del Cuerpo Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas adscrito a la Sub-Delegación de Mariara Estado Carabobo, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 08-02-82, hijo de Heira Castro (v) y Manuel Cedeño (v) residenciado en Sabaneta El Consejo Calle El Porvenir casa N° 38 La Victoria Estado Aragua y titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.829.295, como es la contenida en el ordinal 3ro. del artículo 256 ejusdem, mediante la cual el investigado deberá presentarse cada Quince días (15) días ante Tribunal de este Circuito Judicial Penal y sede en Los Teques, mientras concluye la investigación de conformidad con los artículos 250, 256 ordinal 3, 259, 260, 263 todos del vigente Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse incursos en la presunta comisión del delito de Homicidio, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal
Regístrese. Notifíquese. Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación.

EL JUEZ

JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO






LA SECRETARIA,



MAGJOHLY FARIAS




En la misma fecha se cumplió lo ordenado.


LA SECRETARIA.
4C-28.228-04
JGHL/MF