REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 30 de Marzo del 2004.
194° y 144°
DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE.- PRIMERO: Decreta la aprehensión del imputado MORENO QUINTANA WILMER ALFREDO, de nacionalidad venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, de 27 años de edad, nacido el día 09-07-1976, de profesión u oficio Indefinida, manifestó ser titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.924.471, de estado civil: soltero, y con residencia en la calle principal, casa Nº 5, Palo Alto, vía retamal, Los Teques, Estado Miranda, hijo de Luis Moreno y Mirian Quintana, ambos vivos, como flagrante, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y en virtud de ello se acuerda que la presente causa se siga por los trámites del procedimiento penal ordinario de conformidad con lo previsto en los artículos 372 y 373 ejusdem. SEGUNDO. Se acuerda lo solicitado por el fiscal del Ministerio en cuanto a la imposición de medidas cautelares, pero solo en cuanto a las contenidas en los numerales 3 y 5 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, como son la del ordinal 3° como es la presentación cada ocho (08) días por ante este Tribunal y la contenida en el ordinal 5° como es la prohibición expresa de concurrir al Hospital General Victorino Santaella, a excepción de que deba hacerlo por razones de salud. TERCERO Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en el lapso legal correspondiente.
Regístrese, Publíquese y Diaricese.
El Juez
JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO
LA SECRETARIA
ABG. ADDA YUMAIRA ESPINOZA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Nº 4C/31.913/04