REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 04 de Marzo de 2004.-
193° y 144°
6CS1997-03
Juez Unipersonal: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal 1° del Ministerio Público: Dr. Eddi Rosales.-
Abogado Asistente: Dra. Violeta Vielma.-
Solicitante: Dolores del Cristo Mercado de Rodríguez.-
Secretaria: Abg. Ingrid Moreno.-
Solicitud: Entrega de Vehículo, conforme al contenido del artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal.-
DECISIÓN:
Con fundamento en lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara improcedente la devolución del vehículo reclamado por la ciudadana Dolores del Cristo Mercado de Rodríguez, venezolana, identificada con Cédula de Identidad N° V-5.277.972, de conformidad con lo establecido en el artículo 312 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Remítase las actuaciones inmediatamente al Fiscal del Ministerio Público en virtud de la renuncia que hicieron las partes a ejercer el recurso de apelación.-
Quedaron notificadas las partes en la audiencia respectiva, de conformidad con el encabezado del artículo 175 Ejusdem.-
Regístrese, publíquese y déjese copia. Cúmplase.-