REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES
Los Teques, 05 de Marzo de 2004.
193° y 144°
Juez Unipersonal: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal 1° del Ministerio Público: Dr. Eddi Rosales.-
Defensora Pública Penal: Dra. Mirna Yépez.-
Imputado: José Enrique Verenzuela.-
Secretaria: Abg. Ingrid Moreno.-
Delito: Posesión, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.-
DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA Y EN CONSECUENCIA SE FIJA UN PLAZO DE TREINTA (30) DÍAS CONTINUOS, al Fiscal del Ministerio Público, a los fines que presente el acto conclusivo a que hubiere lugar en las causa signadas con los números 6C7134-01 y 6C7200-01, seguidas en contra del ciudadano: José Enrique Verenzuela, titular de la cédula de identidad N° V-12.419.937, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en los artículos 172 y 553 ejusdem.-
Notifíquese a las partes y en el caso del imputado en virtud de no poseer dirección exacta, se ordena publicar en cartelera, conforme al contenido del único aparte del artículo 175 y 181 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.-
Causa: 6C7134-01 y 6C7200-01