REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
Los Teques, 30 de marzo de2004
193º y 145°
CAUSA No. 2E-868/99
JUEZA: AURA ELENA GUZMAN DIAZ
SECRETARIA: CELINA CONTRERAS
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
PENADA: SALCEDO MARLENE COROMOTO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO. V-11.934.386. INVESTIGADO: PINEDA GARCIA JHONNY ALQUIB, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 13.233.425
VICTIMA: JOSE LUIS SALCEDO
REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO: DR. IBRAHIN ZARRAGA, FISCAL DÉCIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON COMPETENCIA EN RÉGIMEN PENITENCIARIO Y EJECUCIÓN DE SENTENCIAS.
Visto el escrito presentado ante este Tribunal en fecha 17 de febrero de 2004 por el ciudadano JHONNY ALQUIB PINEDA GARCIA, titular de la Cédula de Identidad N° 13.233.425 mediante el cual solicita que sea EXCLUIDO DE PANTALLA, toda vez que se gradúa de Sargento Mayor y le exigen no aparecer en pantalla ( folio 167 Cuaderno Separado).
Esta Instancia para decidir previamente observa:
En fecha 13 de octubre de 1994 fue detenido preventivamente el ciudadano JHONNY ALQUIB PINEDA GARCIA por el Cuerpo Técnico de Policía Judicial, en virtud de las averiguaciones relacionadas con la muerte del Infante SALCEDO JOSE LUIS, de 10 años de edad, donde aparece como presunta autora del hecho su progenitora, la hoy penada y fugada MARLENE COROMOTO SALCEDO (folio 10, Pieza I )
Ahora bien, en fecha 26 de octubre de 1.994 el Extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal de esta Circunscripción Judicial y sede, por decisión proferida en Idem fecha ACORDO LA LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano PINEDA GARCIA JHONNY ARQUID, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.233.425, de conformidad a lo establecido en el artículo 75-H del Código de Enjuiciamiento Criminal, por no encontrarse llenos los extremos exigidos en el artículo 182 Ejusdem. (folios 105 al 115, Pieza I) Librándose al efecto la correspondiente Boleta de Excarcelación bajo el Nro. 381, (folio 118, Primera Pieza). Asimismo, le fue decretada la detención judicial a la ciudadana SALCEDO MARLENE COROMOTO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.934.386, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 3° del Código Penal cometido en perjuicio de su menor hijo SALCEDO JOSE LUIS, cuya decisión fue confirmada por el Extinto Juzgado Superior Primero en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda y sede en Los Teques, (folios 147 al 158, Pieza I).
En fecha 18 de septiembre de 1996 el Extinto Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques CONDENO a la ciudadana SALCEDO MARLENE COROMOTO, a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRESIDIO por ser autora culpable y responsable del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 3° del Código Penal, decisión que fue apelada por la referida penada de autos ( folio 67 al 80, Pieza II) subiendo la causa al Extinto Juzgado Superior Primero en lo Penal de la circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, cuyo despacho emitió decisión de fecha seis (06) de diciembre de 1.996 confirmando la decisión proferida por el Extinto Juzgado de la causa.( folios 101 al 117, Pieza II). Subiendo el expediente a la Extinta Corte Suprema de Justicia de conformidad con lo previsto en los artículos 333, ordinal 4° y 335, ordinal 2° del Código de Enjuiciamiento Criminal, declarándose PERECIDO EL RECURSO DE CASACION, (folio 127, Pieza II). Quedando definitivamente firme la sentencia en fecha 22 de julio de 1.997.(folio 130, Pieza II).
En tal sentido, se observa que lo procedente y ajustado a derecho es ORDENAR LIBRAR OFICIO al Jefe de Servicio de Información Policial de la Dirección Nacional de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (S.I.P.O.L.), a los fines de LA EXCLUSION DE PANTALLA del ciudadano JHONNY ALQUIB PINEDA GARCIA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.233.425. ASI SE DECLARA.
D E C I S I O N
Por todo lo procedentemente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, ORDENA librar oficio dirigido al Jefe del Servicio de Información Policial de la Dirección Nacional de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (S.I.P.O.L.) para la EXCLUSION DE PANTALLA del ciudadano JHONNY ALQUIB PINEDA GARCIA, titular de la Cédula de Identidad N° 13.233.425.
Regístrese, Publíquese, Diarícese, Líbrese oficio, Notifíquese, Déjese Copia CÚMPLASE.
LA JUEZA,
AURA ELENA GUZMAN DIAZ
LA SECRETARIA
ABG. CELINA CONTRERAS
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. CELINA CONTRERAS
Exp. 2E-868/99