REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES

Los Teques, Marzo 15 de 2004
144° y 193°

Por recibido del Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante oficio No. 65 de fecha 19-02-2004, donde nos exhortan a fin de notificar al joven sancionado IDENTIDAD PROHIBIDA, y anexan boleta de notificación. Désele entrada y anótese en el libro de causas correspondiente. Así mismo, a los fines de proceder al cumplimiento del referido exhorto, se acuerda oficiar al Jefe de la Oficina del Alguacilazgo, con el fin de que un funcionario adscrito a esa oficina, practique esa notificación en un lapso no mayor de 5 días, con el deber de levantar acta de las diligencias practicas a la realización de la notificación. Una vez recibida las resultas se acuerda la remisión de la presente actuación al Tribunal remitente Provéase lo conducente.. Cúmplase.-

EL Juez

Dr. JUAN PABLO BORREGALES
La Secretaria

Vianney Bonilla
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria

Vianney Bonilla

Act. 1E-275-04