REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY


Oídas como han sido las partes este Tribunal de Control estima que se esta en presencia de un hecho punible, que merece pena corporal sin que este prescrita la acción penal para su enjuiciamiento de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, amén que existen elementos de convicción para considerar a los imputados como autor o participe en la comisión del delito señalado por el ministerio público, por lo cual lo procedente y ajustado a derecho es decretar la aplicación de procedimiento ordinario y imposición de la medida cautelar sustitutiva, toda vez que las finalidades del proceso se pueden garantizar a través de la misma. Y ASI SE DECLARA. En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la república y por autoridad de la ley, Acuerda la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal e impone la medida cautelar sustitutiva al ciudadano CARLOS ALBERTO GUARENAS GARCIA, de nacionalidad Venezolano, de 26 años de edad, natural de Ocumare del Tuy, nacido en fecha 25-11-1977, de estado civil Casado, de oficio Chofer, residenciada en La Trilla, Barrio Santa Rosa, calle Las Dos Rosas, casa Nro. 133. Ocumare del Tuy hijo de Carlos Guarenas y Gladys Garcia y titular de la cédula de identidad Nro. 14.456.937. Consistente en los ordinales 3° consistente en presentaciones cada Ocho (8) días por Seis (6) meses ante la Oficina del Alguacilazgo, el ordinal 6° prohibición de mantener comunicacion directa o indirecta de la víctima y ordinal 7° abandono inmediato del hogar conjunto todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Boleta de Excarcelación. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Se dá por concluido el acto a las 2:20 horas de la tarde.

El Juez de Control

Dr. CARLOS EDUARDO BOLIVAR


EL SECRETARIO

JULIO BONNET