REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Este Tribunal SEGUNDO de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: Se estima procedente la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal penal, ahora bien se evidencia la comisión de un hecho punible que amerita pena privativa de libertad que no está prescrita y suficientes elementos de convicción para determinar que el ciudadano DARWIN DEIVIE MIJARES VILLEGAS es el presunto autor del hecho imputado, no obstante las finalidades del proceso pueden ser satisfechas con la imposición de unas medidas cautelares menos gravosas, la de los ordinales 2° y 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal penal, la presentación de dos personas responsables y la presentación periódica cada 15 días por ante el alguacilazgo de este Circuito Judicial, esto tomando en cuenta lo previsto en el artículo 263 ejusdem y la condición económica del imputado, se acuerda como sitio de reclusión la Policía Municipal Tomás Lander. y la remisión a la fiscalía en su oportunidad. Se declara cerrada la audiencia.
La Juez Segundo de control


ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO




El Secretario