REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY


Oídas las partes, la jueza anunció que procede a dictar pronunciamiento en los siguientes términos: Este Tribunal TERCERO de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: De las actas policiales se desprende que hace falta una investigación más profunda, por lo que lo procedente es que la investigación prosiga por el procedimiento ordinario, LLama la atención de esteJuzgador que las v´citimas declaran que fueron amordazadas por lo que insta al Fiscal del Ministerio Público a que inicie una investigación en cuanto a ello. Efectivamente estamos en presencia de un hecho punible que amerita pena privativa de libertad en el el cual pudiera tener alguna particiapción los presentes imputados, la finalidad del proceso evidentemente puede ser satisfecha por la imposición de una medida menos gravsa por todo lo cual se desestima la solicitud planteada por la representación fiscal de la imposición de una medida privativa de libertad, porlo que en virtud de los prinpcios de afirmación d elibertad y presunción de inocencia, se considera procedente imponer las medidas cautelares de los ordinales 2° y 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal penal, esto es la presentación de dos personas responsables que aseguren su comportamiento durante el proceso y la presentación periódica cada Quince (15) días por ante el alguacilazgo de este Circuito Judicial por un lapso de Seis (06) mese, se ordena como sitio de reclusión IAPEM Región N° 5 .Se declara cerrada la audiencia.

La Juez Tercero de Control


FLOR COLMENARES


La Secretaria

SANDRA SATURNO