REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: Modifica la medida cautelar sustitutiva de libertad impuesta al ciudadano LOVERA PARRA GREGORI MICHAEL, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numerales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presentación de dos (02) fiadores que devenguen un salario equivalente a Cuarenta y Cinco (45) Unidades Tributarias EN SU CONJUNTO, con las características señaladas en el artículo 258 del comentado Código Orgánico Procesal Penal, y se mantiene la establecida en el numeral 3° Eiusdem.
Publíquese, regístrese, notifíquese y librese la correspondiente Boleta de Traslado a los fines de imponer al acusado de autos de la presente decisión.
LA JUEZ (S),
DRA. BLANCA GUEVARA OROPEZA
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA ISABEL SUERIO
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,
ABG. MARIA ISABEL SUERIO
.