REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES
JUEZ PROFESIONAL Nº 2


Los Teques, 12 de Marzo de 2004
194 y 144

Vistas las anteriores actuaciones que integran el presente expediente, y habiéndose llenado todos los extremos de Ley, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en la persona de su Juez Profesional Nro. 2, DR. ROCCO OTELLO MAIMONE, discierne el Cargo de Curador Ad Hoc de los adolescentes: JOEL FRANCISCO Y JEANETH YAIRÚ JEANTON MARTÍNEZ, de 15 y 12 años de edad, en la persona de la ciudadana: Jeanton Mirna Josefina, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de 38 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.676.436, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil.
Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejándose Copia Certificada insertas en autos, previa constancia de las mismas en el Libro Diario llevado por esta Sala de Juicio, así mismo, y por cuanto la presente causa ha alcanzado su fin natural, SE ORDENA el cierre del presente expediente, remitiéndolo al Archivo Judicial para su resguardo.- Cúmplase.-
EL JUEZ.


Dr. Rocco Otello Maimone. La Secretaria


Abg. Beatriz Carolina Girón.



MOTIVO: CURADOR AD HOC
EXPEDIENTE Nº 2548-03
RO/BCG/gigi