REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diez (10) de mayo de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vista la anterior demanda de rendición de cuentas proveniente del Juzgado Distribuidor y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana LUISA ELENA MUJICA DE MARTINEZ debidamente asistida por los abogados JORGE DARIO CARDENAS VEGA y MARIA RAFAELA SALAZAR PALACIOS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 42.125 y 97.106, respectivamente. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. emplácese a los demandados ciudadanos JIMMY GREGORIA VALLESTER TORRES, TIBISAY DEL CARMEN CAMPOS HERNÁNDEZ, EDUARDO ENRIQUE RUDAS MANZANO, VESTALIA DE LOURDES GONZALEZ DE RODRIGUEZ, ALCIDES RAFAEL PATIÑO SÁNCHEZ, ROLANDO ENRIQUE GONZALEZ BARRERA, CESAR JOAQUIN RODRIGUEZ BANDA, GODOFREDO DEL VALLE ALIENDRES VASQUEZ, JUAN BAUTISTA ALFARO LISCANO, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 6.225.986, 8.754.053, 4.852.385, 3.803.882, 10.298.737, 2.919.315, 16.031.190, 3.721.380 y 3.595.803 respectivamente, para que comparezcan ante este Tribunal ubicado en la (Avenida Bermúdez, con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, Piso 1, Los Teques, Estado Miranda) en las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m., hasta la 1:30 p.m. dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de la intimación del ultimo demandado se haga y que conste en autos dicha actuación procesal, a fin de que presente las cuentas de manera detallada y metódica en forma clara y precisa o formulen oposición conforme a lo establecido en el artículo 673 del Código de Procedimiento Civil, si tal fuere el caso se entenderá citado el demandado para la contestación de la demanda, que tendrá lugar dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes. Se ordena compulsar copia del libelo con certificación de su exactitud y junto con su orden de comparecencia al pie entréguese al Alguacil del Tribunal encargado de tales actuaciones. Líbrese compulsa y déjese constancia.-
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA,
En esta misma fecha faltan fotostatos para proveer.
LA SECRETARIA,
HJAS/fapa
Exp. No. 24.312