REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques; diez (10) de mayo de dos mil cuatro (2.004).
193° y 144°

Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, se declara TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente bastante para asegurar los derechos que tengan en la sucesión, a los ciudadanos JESSICA DANIELA GUEVARA OROPEZA y JOSE RAFAEL GUEVARA OROPEZA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de Identidad N° V-14.851.941 y V-16.591.969, del de-cujus JOSE RAFAEL GUEVARA GIL, quien falleció Ab-intestato en fecha 23 de abril de 2004, en la ciudad de Los Teques, Estado Miranda. Devuélvanse todo lo actuado incluyendo la solicitud la cual procede redactada por la abogada en ejercicio JACINTA DE GOUVEIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 75.671. Déjese constancia en el Libro Diario que lleva este Tribunal del presente año.
EL JUEZ,

HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA


HJAS/icbc/yd.
Exp. N° 40.054.