REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diecisiete (17) de mayo de dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, redactada por el abogado RICARDO CORREA G., suficientemente identificada en autos, así como la justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rindieron declaración los ciudadanos FELIPA ELIAS MORALES RADA y RIBELI URQUIA PEÑA de HERRERA, por asuntos de herencia. Este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE Y BASTANTE del ciudadano MIGUEL ANGEL HERRERA HERNÁNDEZ (fallecido en fecha 16 de agosto de 2003), a favor de los ciudadanos LEOVALDO JOSE HERRERA MOGOLLON, MARIELA JOSEFINA HERRERA de MARCHENA, GLACIDA ARACELIS HERRERA de ALVAREZ, MIGUEL JOSE HERRERA MOGOLLON, IRIS MILAGROS HERRERA de GRIMAN, FREDDY ANTONIO HERRERA MOGOLLON, CORALIA DEL CARMEN HERRERA MOGOLLON, NANCY JACQUELINE HERRERA MOGOLLON, JESÚS ARNALDO HERRERA MOGOLLON DIANA MATILDE HERRERA MOGOLLON y ANA DEL VALLE HERRERA MOGOLLON, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-4.842.338, V-5.455.521, V-6.459.014, V-6.872.008, V-6.461.803, V-6.871.991, V-6.877.220, V-6.876.743, V-11.036.584, V-12.157.538 y V-12.157.539, respectivamente, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a los interesados, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ,

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA,
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.
LA SECRETARIA,

HJAS*Wdrr.
Exp. No. 40063