REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 24 de mayo de 2004
194° y 145°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, redactada por la abogada GLORIA DE FERRER, inscrita en el INPREABOGADO con el N° 18.238, así como la Justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos JESUS ALBERTO CABRICES GIMENEZ y WILLIAM MIGUEL ANTONIO QUINTERO CAMEJO, por asuntos de Titulo Supletorio. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de los derechos de terceros, DECRETA, a las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de las ciudadanas CARMEN VICTORIA BASTIDAS de BRICEÑO, HAYLIANA EMILIA BRICEÑO BASTIDAS, MARIANNA BRICEÑO BASTIDAS y ADRIANA DEL CARMEN BRICEÑO BASTIDAS, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad N°s V-3.248.335, V- 10.350.348, V- 11.038.628 y V-13.231.125, respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías realizadas en un lote de terreno de su propiedad, ubicado en la Calle Central de la Urbanización Guaicaipuro, Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se encuentran suficientemente identificados en autos. Devuélvanse originales las presentes actuaciones las promoventes, incluyendo la solicitud. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.

EL JUEZ,

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,

LA SECRETARIA,

ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA,

En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.

LA SECRETARIA,




HJAS/ICBC/jenifer**
Exp. No. 40050