REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticuatro (24) de mayo de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JUAN CARLOS REYES CARABALLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-6.662.115, sobre las mejoras y bienhechurías ubicadas en la parcela identificada con el número P-14, HACIENDA EL INGENIO, GUATIRE, JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO ZAMORA DEL ESTADO MIRANDA. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado ISMAEL LEONARDO RAMÍREZ HERNÁNDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 88.353. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J ANGRISANO SILVA,
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA,
Exp. No. 40.067
HJAS/jcrv
En la misma fecha se devolvieron originales las presentes actuaciones al promovente.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA,
Exp. No. 40.067
ICBC/jcrv