REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, tres (03) de mayo de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden, presentadas por los ciudadanos BLANCA PONCE DE VARGAS y PEDRO VARGAS PONCE, venezolanos, mayor de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V-250.999 y V-3.559.795, respectivamente, actuando en su carácter de Directores Principales de la sociedad mercantil INVERSIONES LA BLANQUERA S.A., inscrita en la Oficina de Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N° 45, Tomo 87-A-Sgdo., en fecha 02 de agosto de 1976, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la sociedad mercantil INVERSIONES LA BLANQUERA S.A., inscrita en la Oficina de Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N° 45, Tomo 87-A-Sgdo., en fecha 02 de agosto de 1976, sobre las mejoras y bienhechurías construidas en una PARCELA DE TERRENO DE SU PROPIEDAD, MARCADA EN EL PLANO DE LA URBANIZACIÓN CLUB CAMPESTRE EL PARAÍSO, CON EL N° 28-B DEL SECTOR “B”, JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO HIGUEROTE, DISTRITO BRIÓN DEL, ESTADO MIRANDA, cuyos linderos, medidas y demás especificaciones se encuentran debidamente identificados en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual precede redactada por la abogada BLANCA PONDE DE VARGAS. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
EL JUEZ,
HUMBERTO J ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
EXP. N° 40.001
HJAS/ICBC/bd*