REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, tres (03) de mayo de dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, redactada por la abogada GINA MOLINARI AMARAL., suficientemente identificada en autos, así como la justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rindieron declaración los ciudadanos MARIA GRACIELA PINEDA de RANGEL y MIGUEL ANTONIO GONZALEZ, por asuntos de herencia. Este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS SUFICIENTE Y BASTANTE del ciudadano ANTONIO JOSE ZULETA GALUE (fallecido en fecha 11 de febrero de 2004), a favor de los ciudadanos ANGELES GARCIA de ZULETA, ANTONIO JOSE ZULETA GARCIA y LUISA ELENA ZULETA GARCIA, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-6.162.221, V-5.886.950 y V-5.968.055, respectivamente, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a los interesados, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ,
HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA,
En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.
LA SECRETARIA,
HJAS*Wdrr.
Exp. No. 40037