REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.



Los Teques, 03 de mayo de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°



Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos MERLY MONSALVE y CESAR ENRIQUE KEY MUJICA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-3.979.840 y V-3.144.280 respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurias, sobre un terreno de su Propiedad, ubicado en la Urbanización Valle Alto, calle tres, que comprende las parcelas nros. 145 y 145-A, Municipio Guiacaipuro, Estado Miranda. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza la misma, la cual procede redactada por la abogada BRIGITTE PONCHO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 84.945. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,



HUMBERTO J ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA.,



ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA.



EXP. NRO. 40.045
HJAS/ICBC/yd.