REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, treinta y uno (31) de mayo de dos mil cuatro (2004).-.
194º y 145º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, redactada por la abogado JUANA BRANDT, inscrita en el Inpreabogado con el No. 71.735, así como la Justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos LUIS ALBERTO OLIVO REYES y YESABETH MARGARITA MARTINEZ RIVAS, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.099.112 y 17.979.069 respectivamente, por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO SUFICIENTE y BASTANTE a la ciudadana: BERTA BRAVO, hermana de la de-cujus, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°.1.881.059,. En la Sucesión de la ciudadana PAULA ANTONIA BRAVO DIAZ, venezolana, titular de la cedula de identidad No. 6.458.725, quien falleció en fecha 23 de febrero de 2.003, en su carácter de causahabiente de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA
HJAS/icbc/fapa
EXP. 40.021