REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 06 de mayo de 2004
194º y 145º

Vista la diligencia que antecede, mediante la cual señalan la fecha de la separación de hecho y el ultimo domicilio conyugal, de los ciudadanos RONARD FRANCISCO MAGALLANES SERRANO y DAYANA PAOLA ROJAS DE MAGALLANES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 12.297.993 y V-14.523.367 respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio IVAN JOSE GUADARRAMA BELLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el nro. 89.243. En consecuencia el tribunal admite cuanto ha lugar en derecho la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, y ordena la notificación de la FISCAL XI DEL MINISTERIO PÚBLICO de esta Circunscripción Judicial, para que intervenga en el procedimiento como parte de buena fe, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a su notificación, todo ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil. Líbrese boleta de notificación y adjúntese a la misma copia certificada de la solicitud presentada para ser entregadas al Alguacil de este Tribunal.
EL JUEZ

HUMBERTO J. ANGRISANO
LA SECRETARIA

ISABEL CRISTINA BLANCO C.

En esta misma fecha no se libró la boleta de notificación por falta de los fotostatos.

LA SECRETARIA



EXP. N° 23.954
HJA/yd*