REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Ocumare del Tuy, trece (13) de mayo de dos mil cuatro (2004).
194º y 145º
Por recibidas las anteriores actuaciones, procedente del Juzgado del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare, constante de ciento veintiún (121) folios útiles del Cuaderno de Medidas, en virtud de las apelaciones interpuestas en fecha 30/04/2004, por el Abogado AGUSTIN DÍAZ RAMOS, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada y por el Apoderado Judicial de la parte actora Abogado ROGER MENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo en N° 1989, contra el auto de fecha veintiocho (28) de abril de dos mil cuatro (2004), dictado por el juzgado A quo, en el juicio por NULIDAD ABSOLUTA E INSUBSANABLE DE LA ASAMBLEA CELEBRADA EN FECHA 27/7/2004, es seguida por el ciudadano JUAN LEONARDO HERNANDEZ LANDAETA contra los ciudadanos JUANA BAUTISTA DÍAZ, ELISEO RAMON GUTIERREZ, JUANA GONZALEZ, MIREYA BEATRIZ DÍAZ y LISBETH CARRASCO, se le da entrada a las mismas en los Libros respectivos bajo el No 138-04, el Juez se avoca al conocimiento de la presente causa y de conformidad con el Artículo 517 del Código de Procedimiento Civil, se fija el DÉCIMO día de Despacho siguiente a la presente fecha para que las partes presenten sus Informes, y si alguna de las partes informara, deberá dejarse transcurrir un lapso de ocho (8) días de Despacho siguientes para la presentación de las observaciones, luego dentro de los TREINTA (30) días calendario siguientes al vencimiento del lapso anterior, se dictará sentencia.
LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI CH.
EL SECRETARIO,
ABOG. MANUEL GARCÍA.
AO/ldb.
EXP.No. 138-04.-