REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Ocumare del Tuy, diecisiete (17) de Mayo del año dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vista la diligencia que antecede de fecha 14 de Mayo del año en curso, suscrita por los Apoderados Judiciales de la ciudadana MARIA GRACIOSA GUZMAN BOLIVAR, en su carácter de parte demandada en la presente Acción de Amparo Constitucional, en la cual solicita se le expida copia certificada de los folios 01 al 07, ambos inclusive, folios 71, 72, folios 79 al 83, ambos inclusive, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado y ordena expedir por secretaria las copias certificadas solicitadas, para lo cual se autoriza al Abogado MANUEL GARCIA, a los fines de que selle y firme todos y cada una de las copias solicitadas de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la Ley de Sellos. Cúmplase.-
LA JUEZ.
DRA. AIZKEL ORSI.
EL SECRETARIO
ABOG. MANUEL GARCIA.
-En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente por cuanto fueron consignados los fotostatos.
EL SECRETARIO
ABOG. MANUEL GARCIA.
AO/ldb