REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.



TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Ocumare del Tuy, Veinte (20) de Mayo de dos mil cuatro (2004).-

194° y 145°

Visto el Escrito de fecha 18-05-04, presentado por el ciudadano RAUL EDUARDO MEDINA SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.357.852, debidamente asistido por el abogado OSCAR CARREÑO, Inpreabogado Nro. 29.468, así como la solicitud en la misma contenida, este Tribunal de conformidad con el artículo 138 del Código Civil Vigente, acuerda autorizar plenamente al ciudadano RAUL EDUARDO MEDINA SALAZAR, para que se separe temporalmente de la residencia que tiene en común con la ciudadana ZULAY MONCADA DE MEDINA, mientras dure el presente juicio. Líbrese Boleta de Notificación. Cúmplase.-



LA JUEZ.,
Dra. AIZKEL ORSI CH
EL SECRETARIO.,
Abg. MANUEL GARCIA

NOTA: En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-



EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA



AOCH/ysabel
Exp. No.084-04










REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO MIRANDA.-


Ocumare del Tuy, 20 de Mayo del 2004
194º y 145º


BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano RAUL EDUARDO MEDINA SALAZAR, venezolano, mayor de edad, estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.357.852, residenciado en la siguiente dirección: Colinas de Santa Rosa de Lima, Quinta Santa Eduvigis Nro. 25-A, Charallave, Estado Miranda, parte demandada en el Juicio por DIVORCIO signado con el Nro. 084-04 (nomenclatura de este Tribunal), sigue la ciudadana ZULAY MONCADA DE MEDINA, que este Tribunal en esta misma fecha, le AUTORIZA para que se separe temporalmente de la residencia que tiene en común con la mencionada ciudadana, mientras dure el presente juicio.
Firmara al pié de la presente boleta en señal de haber sido notificado.-







. LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI CH



NOTIFICADO:_____________________________HORA: ___________________________ LUGAR: __________________________________ FECHA: _________________________


AOCH/ysabel
EXP. N° 084-04






TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Ocumare del Tuy, Veinte (20) de Mayo de dos mil cuatro (2004).-

194° y 145°

Vista la diligencia presentada por la abogada ISABEL HERNANDEZ LOPEZ, inpreabogado Nro. 59.602, apoderada judicial de la parte actora, así como la solicitud en la misma contenida, este Tribunal pasa a señalar los bienes pertenecientes a la comunidad conyugal, los cuales serán Co-Administrados por la Licenciada BELKIS CASTRO, inscrita en el Colegio de Contadores Público Nro. 18.063, y se señalan a continuación; Primero: Compañía denominada MULTISERVICIOS SSPUMA¨S, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nro.25, Tomo 23-A-Pro., de fecha 20 de Febrero del 2002; Segundo: Compañía denominada GRAN FERIA DEL VEHICULO USADO 1325, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nro. 58, Tomo 14-A-Pro., de fecha 12 de Marzo del 2001. Cúmplase.-



LA JUEZ.,
Dra. AIZKEL ORSI CH

EL SECRETARIO.,
Abg. MANUEL GARCIA




AOCH/ysabel
Exp. No.084-04