REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, veinticuatro (24) de Mayo del año dos mil cuatro (2004).
194° 145°



Vista la diligencia de fecha 20 de Mayo del presente año, suscrita por el abogado en ejercicio CIPRIANO VALENTIN MOSQUEDA B, venezolano mayor de edad, de este domicilio, portador de la cédula de identidad N° V- 3.974.703, e inscrito en el Impreabogado bajo el N° 47.159, en su carácter de Apoderado Judicial, de la parte demandada, y la solicitud en ella contenida, este Tribunal observa que, por cuanto en fecha 12-05-04 fue consignada la comisión con sus respectivas resultas realizada por el Juzgado de Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, por medio de diligencia del Apoderado Judicial de la parte actora, este Tribunal expone que los lapsos procesales para la contestación de la demanda, no han comenzado a correr hasta tanto no conste en auto la citación del último de los demandados, esto en virtud de que son dos los demandados en la presente causa.




LA JUEZ EL SECRETARIO
DRA. AIZKEL ORSI. ABG. MANUEL GARCÍA.















AO/eleana*
EXP.N°052-04