REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Ocumare del Tuy, Tres (03) de Mayo del año Dos Mil Cuatro (2004).
194° 144°


Vista la diligencia suscrita por la Abg. INGRID E. OROZCO CALLES, Inpreabogado Nro. 50.723, en la cual consigno los fotóstatos respectivos, désele cumplimiento a lo ordenado en el auto de admisión de fecha 28-04-2004. Cúmplase.-



LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI CH
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EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA








AO/ysabel
EXP. N° 007-04
El suscrito Abg. MANUEL GARCIA, Secretario del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente N° 007-04. Relacionado con el juicio por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES seguido por la Abogada INGRID ELENA OROZCO CALLES en contra de los ciudadanos HILDA MARGARITA DE ABREU LEDEZMA, JOSE DIEGO GONCALVES, JOAO DE ABREU Y MANUEL PEDRO DE ABREU LEDEZMA, las cuales fueron autorizadas por la Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo lo de la ley de sellos. Ocumare del Tuy, Tres (03) de Mayo del Dos Mil Cuatro (2004).-



EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Ocumare del Tuy, Tres (03) de Mayo del año Dos Mil Dos Cuatro (2004).

194° 144°

SE HACE SABER: Al ciudadano RUBEN ENRIQUE CONDE CALOJERO, Inpreabogado Nro. 76.792, apoderado Judicial de los ciudadanos HILDA MARGARITA DE ABREU LEDEZMA, JOSE DIEGO GONCALVES, JOAO DE ABREU Y MANUEL PEDRO DE ABREU LEDEZMA, domiciliado en : Calle Piar Nro.2, frente al Instituto Mara, Planta P/A, Oficina Nro. 4, Ocumare del Tuy, Estado Miranda, que deberá comparecer ante este tribunal dentro de los Diez (10) días de despacho siguientes a su intimación, en el horario comprendido de (8:30 am) a (01:30 pm) a fin de que conteste la demanda incoada en su contra y a que se refiere el libelo anterior.


LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI CH

EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCIA

AOCH/ysabel
EXP. N° 007-04