REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Ocumare del Tuy, Treinta y uno (31) de Mayo del dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°
Por recibidas las actuaciones que anteceden, procedentes del Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Cua, conformado por dos piezas constante de trescientos catorce (314) folios útiles la primera y la segunda de veinte (20) folios útiles, en virtud de la apelación interpuesta por la ciudadana DILIA PEREZ DE VAZQUEZ, en su carácter de parte demandada, debidamente asistida por la abogada en ejercicio YSVELIA CAROLINA STIO, Inscrita en el Inpreabogado bajo N° 87.282, contra la sentencia definitiva dictada por el JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN CUA en fecha 27-04-2004, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO, siguen el ciudadano JOSE ANDRES JULIO DEDE, contra la ciudadana PEREZ DE VASQUEZ DILIA, se le da entrada a las mismas, en los Libros respectivos bajo el No158-04, la Juez se avoca al conocimiento de la presente causa y de conformidad con el Artículo 517 del Código de Procedimiento Civil, se fija el VIGÉSIMO (20) día de Despacho siguiente a la presente fecha para que las partes presenten sus Informes, y si alguna de las partes informara, deberá dejarse transcurrir un lapso de ocho (8) días de Despacho siguientes para la presentación de las observaciones, luego dentro de los SESENTA (60) días calendario siguientes al vencimiento del lapso anterior, se dictará sentencia.
CUMPLASE.
LA JUEZ.
DRA. AIZKEL ORSI.
EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCÍA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO,
AGB. MANUEL GARCÍA.
AO/eleana*
Exp. No 158-04