REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, doce (12) de mayo de dos mil cuatro (2004).-
194º y145º
Vista la diligencia de fecha 11 de mayo de 2004, estampada por la abogada MARIA ENITH DIAZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual, se da por notificada de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 10 de mayo de 2004, y solicita se libre boleta de notificación a la parte actora, este Tribunal lo acuerda y ordena expedir boleta de notificación a la parte actora ANA ELIADES BRITO DE RAMIREZ y/o a su apoderada judicial abogada ELVIRA ANITA COPPOLA DONISI, a objeto de notificarle de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 10 de mayo del 2004, notificación que hace de conformidad con el artículo 251 el Código de Procedimiento Civil. Líbrense boleta de notificación. Cúmplase.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/nr
Exp. 13413
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 12 de mayo de 2004
194º y 145º
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A la ciudadana ANA ELIADES BRITO DE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.978.155 y/o a su apoderada judicial abogada ELVIRA ANITA COPPOLA DONISI, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA, sigue en su contra la ciudadana LIMA DE BRITO ISABEL REMIGIA, el cual se sustancia en el Expediente signado con el Nº 13413, que este Tribunal en 10 de mayo del 2004, dictó sentencia en el presente juicio. Notificación que se le hace de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/nr
EXP. N°13413